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Historia Clínica Interoperable: El ABC de la Ley 2015 de 2020

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iMedicalServices

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Feb 16, 2024
4 min

La ley 2015 de 2020 reglamenta la Historia Clínica Interoperable (IHCE),esta tiene como objetivo regular la interoperabilidad de la IHCE por medio dela cual se intercambian datos médicos relevantes, documentos y expedientes clínicos para cualquier paciente colombiano, garantizando la protección y confidencialidad de su información.

¿Qué significa que la IHCE tenga interoperabilidad?

Hace referencia a la capacidad que tienen varias entidades de intercambiar y compartir la información médica relevante de los pacientes deforma simultánea, accediendo a ella de manera fácil y rápida, desde cualquier punto de la red asistencial que la solicite.

¿Quiénes están obligados a crear la Historia Clínica Electrónica Interoperable?

Las Instituciones Prestadores de Servicios de Salud están obligadas a diligenciar los formatos que dispone el Gobierno Nacional en la plataforma de interoperabilidad.

¿Y sobre la seguridad de los datos?

- Las IPS son responsables de la guardia y custodia delos demás actores de salud involucrados en el marco de interoperabilidad de la historia clínica electrónica.

- Cada persona es titular de su historia clínica electrónica, a la cual también tendrán acceso las IPS con el previo y expreso consentimiento de la persona.

- Está prohibida la divulgación de los datos de cualquier persona consignados en la IHCE.

- Las entidades deberán establecer un plan de seguridad y privacidad de la información, seguridad digital y continuidad de la prestación del servicio.

¿Contenido de la IHCE?

- Deberá contener los datos clínicos relevantes de la persona de forma clara, completa y estandarizada con los más altos niveles de confidencialidad.

- Las personas tienen el derecho a que se le suministre su historia clínica por cualquier medio electrónico por parte de las entidades de salud.

- La información suministrada debe ser autentica.

¿Quién reglamenta y administra la IHCE?

El Ministerio de Salud y Protección Social y el de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones administran el modelo de Interoperabilidad dela Historia Clínica Electrónica y también serán los responsables de la herramienta tecnológica de la plataforma.

Accede al enlace a continuación para leer a profundidad la Ley 2015 de2020 Interoperabilidad de la historia clínica electrónica IHCE. https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/LEY%202015%20DEL%2031%20DE%20ENERO%20DE%202020.pdf (Accedido en octubre de 2021).

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